Objetivo del Comité 5G

Dada la importancia que representa el servicio público de telecomunicaciones en el desarrollo del país y el impacto que tendrán las tecnologías 5G en la transformación digital, es necesario establecer mecanismos para que todas las partes interesadas aporten elementos y coadyuven en un adecuado desarrollo y despliegue de 5G en nuestro país. En este sentido, el despliegue de 5G requiere de la detección temprana de barreras y de aspectos regulatorios diversos que promuevan su adopción oportuna, en respuesta a las demandas sociales. Asimismo, la identificación de sectores estratégicos donde el impacto de 5G sea mayor, resulta también fundamental para enfocar los esfuerzos en aquellas áreas prioritarias en el quehacer nacional. Así, el identificar y facilitar la realización de pruebas con estas tecnologías no sólo dará mayor visibilidad al potencial que tiene 5G, sino que permitirá identificar áreas de oportunidad y nuevas aplicaciones en beneficio de la sociedad.

El Comité 5G es un órgano técnico de apoyo al Instituto, de naturaleza consultiva y no vinculante, que permitirá la interacción entre el Instituto, la industria, la academia, los entes públicos y cualquier persona interesada, para exponer las necesidades, estrategias, prospectiva y estudios de 5G actuales y futuros, con el propósito de elaborar contribuciones que servirán como insumo, para que el Instituto propicie un desarrollo eficiente de 5G en México.

El Comité 5G está integrado por personas representantes de la industria, la academia, los entes públicos y todas las personas que hayan manifestado su interés en participar y hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria para inscribirse e integrar el Comité, así como por personas servidoras públicas del Instituto designadas para ocupar la Presidencia, Secretaría Técnica y Coordinaciones, quienes coordinarán los trabajos del Comité y de las Mesas de Trabajo.

En un ambiente de regulación colaborativa, las contribuciones y propuestas desarrolladas por el Comité 5G ayudarán al Instituto a la toma de decisiones para impulsar el desarrollo y despliegue de 5G en México, derivado de las necesidades de conectividad, así como de la evolución tecnológica y el incremento del tráfico global de datos móviles en los próximos años. Adicionalmente, la conformación del Comité permitirá que cualquier persona interesada que cumpla los requisitos para participar se involucre en las acciones del Instituto, a efecto de brindar la información y sustento documental necesarios para enriquecer las estrategias y los mecanismos para propiciar una eficiente implementación de 5G en nuestro país.


Reglas de Operación del Comité 5G


El 6 de octubre de 2021 el Pleno del Instituto aprobó el Acuerdo mediante el cual se establece el Comité Técnico en materia de Despliegue de 5G en México.

El 22 de febrero de 2023 el Pleno del Instituto aprobó el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica las Reglas de Operación del Comité Técnico en materia de Despliegue de 5G en México.

La Convocatoria para participar en el comité es pública y permanente, y tiene por objeto invitar a cualquier persona interesada en inscribirse para integrar el Comité Técnico en materia de Despliegue de 5G en México. A través de la misma se convoca a cualquier persona interesada en formar parte del Comité, incluidas las personas representantes de la industria, la academia y los entes públicos.

Para el registro al Comité 5G, se requiere la información siguiente:

• Nombre, denominación o razón social.

• En caso de persona moral o ente público, se deberá indicar el nombre de la persona representante legal y adjuntar el documento que le acredite como tal.

• Dirección de correo electrónico.

• Manifestación de Interés sobre las Mesas de Trabajo en las que desea participar.

• Usuaria(o), que podrá ser el nombre o correo electrónico de la persona interesada.

• Contraseña elaborada por la persona interesada, con signos alfanuméricos

• En su caso, designación de las personas que actuarán con el carácter de suplentes de los representantes legales de las personas morales o los Entes Públicos, adjuntando el documento que los acredite con tal carácter., así como las personas que acudirán a las sesiones, pero que no tendrán voz ni voto ni contarán para efectos del quorum.


Avisos

Preguntas Frecuentes


Documentos emitidos en relación al establecimiento del Comité 5G

Convocatorias



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